Â
Código de derechos y deberes de los árbitros
Derechos:
Rechazar la revisión del artÃculo asignado en caso de no poseer el tiempo para su evaluación.
Rechazar los trabajos que no hayan sido enviados formalmente por el Director de la RIC.
Mantenerse informado acerca de cualquier variación o novedad en las Instrucciones a los autores.
Rehusarse a emitir juicios de complacencia por solicitud de los responsables de la revista.
Revisar nuevamente el artÃculo arbitrado sujeto a modificaciones, a fin de corroborar si fueron tomadas en cuenta por el autor(a) principal.
Participar en cursos de capacitación, reuniones de trabajo o actividades cientÃficas relacionadas con su función de árbitro.
Deberes:
Responder con prontitud si está disponible para revisar o no el artÃculo designado y, en caso de ser aceptado, revisar su contenido en no más de cuatro semanas.
Utilizar para la evaluación la GuÃa de arbitraje brindada, asà como las otras guÃas estandarizadas de evaluación de uso internacional (EQUATOR).
Renunciar al arbitraje de cualquier documento cientÃfico si algún conflicto de intereses con su autor(es) (relaciones personales, rivalidad académica, pasión intelectual u otro) pudiere prejuiciar sus opiniones sobre el contenido.
No utilizar la información contenida en los trabajos arbitrados para favorecer sus propias demandas antes de ser publicados, ni discutir, ni comentar públicamente el contenido de los artÃculos inéditos o el resultado de su arbitraje.
No aprobar superficialmente un manuscrito sometido a evaluación, en detrimento de la calidad de la revista, por congraciarse con su autor o aceptar favores personales.
Exponer claramente en qué consisten las modificaciones sugeridas, si las hubiere, o los criterios sostenidos para rechazar el trabajo; firmar siempre los comentarios emitidos.